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Término del glosario

Contrarrecibo

Documento con el que gobierno o corporativos acusan recibo de una factura antes de pagarla; la LGTOC lo cita como forma de notificar la cesión al deudor.


El contrarrecibo es el documento con el que el área de cuentas por pagar o tesorería de quien te compra —una dependencia de gobierno, un municipio o un corporativo grande— reconoce que recibió tu factura para revisión, y con el que te informa la fecha en la que quedó programado su pago. No es un comprobante fiscal ni sustituye al CFDI: es un control administrativo interno del comprador, que en la práctica funciona como la “ficha” que engancha tu factura al calendario de pagos.

Este documento tiene además un papel legal concreto en el factoraje. El artículo 427 de la LGTOC —que puedes consultar en el texto vigente de la ley— permite notificar al deudor la cesión de derechos de cobro mediante la entrega del documento comprobatorio del crédito con el sello de transmisión, “y acuse de recibo por el deudor mediante contraseña, contrarrecibo o cualquier otro signo inequívoco de recepción”. Es decir: el contrarrecibo que ya usa tu comprador para acusar recibo de facturas puede servir también como evidencia de que se le notificó la cesión al factorante, como explicamos con más detalle en notificación al deudor.

En la práctica, este control es especialmente visible cuando le vendes a gobierno: dependencias federales, estatales y municipales suelen emitir contrarrecibo antes de programar cualquier pago, como parte del mismo proceso de validación que detalla la guía de factoraje para proveedores de gobierno. Y dentro de Cadenas Productivas de Nafin, la publicación de tus facturas en Nafinet ocurre justo después de que la Empresa de Primer Orden las valida internamente —el mismo paso que, fuera de la plataforma, correspondería a emitir un contrarrecibo.

Si operas factoraje contra un deudor de gobierno o corporativo, conserva copia de cada contrarrecibo que te entreguen: te sirve para dar seguimiento a la fecha de pago prometida y, si el cedente o el factorante necesitan comprobar que la factura ya fue aceptada, es la evidencia documental más directa antes de que llegue el depósito.

Sigue aprendiendo en las guías del factoraje o resuelve números concretos con el simulador.