Término del glosario
Notificación al deudor
Aviso formal al cliente obligado a pagar la factura de que los derechos de cobro fueron cedidos al factorante, previsto en la LGTOC.
La notificación al deudor es el aviso formal mediante el cual se informa al cliente que debe pagar una factura —el deudor— que los derechos de cobro de esa factura fueron transmitidos a un factorante. A partir de ese momento, el deudor queda obligado a pagar directamente al factorante, no a tu empresa.
Este paso no es un mero formalismo: la LGTOC, que regula el factoraje en México (puedes consultar el texto de la ley en el sitio de la Cámara de Diputados), establece que la transmisión de los derechos de crédito surte efectos frente al deudor una vez que le es notificada. La ley admite varios medios de notificación, incluidos los mensajes de datos, lo que permite hacerla por vía electrónica con constancia de envío.
En la práctica mexicana existen dos esquemas. En el factoraje con notificación, el deudor sabe de la cesión y paga al factorante; es el más común y el más seguro para quien anticipa el dinero. En el factoraje sin notificación (o con cobranza delegada), tu empresa sigue cobrando la factura y transfiere el pago al factorante; se usa cuando prefieres no revelar a tus clientes que usas factoraje, aunque suele costar más por el riesgo adicional.
Antes de contratar, pregunta qué esquema aplica y cómo se comunica la notificación a tus clientes: un aviso mal manejado puede generar confusión comercial. La guía de tipos de factoraje explica estas variantes, y la de qué es el factoraje financiero muestra dónde encaja la notificación en el proceso.
Sigue aprendiendo en las guías del factoraje o resuelve números concretos con el simulador.