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Cómo verificar que una empresa de factoraje es legítima

Metodología para verificar una empresa de factoraje en México: SIPRES, SOFOM ER vs ENR, RECA, alertas de suplantación y cómo presentar una queja ante CONDUSEF.

Por Equipo Factoraje.net· Publicado el


Vas a compartir con un desconocido los datos fiscales de tu empresa, tus facturas y, en varios esquemas, tu e.firma o tu CIEC. Antes de llegar a ese punto conviene resolver una pregunta más básica que “¿cuánto me cobra?”: ¿la empresa que tienes enfrente realmente existe como entidad financiera y está donde dice estar? El mercado mexicano de factoraje mezcla bancos, cientos de SOFOMes y fintechs recién llegadas, y esa misma apertura la aprovechan también empresas falsas que se anuncian en redes sociales con logos y nombres calcados de instituciones reales. Esta es la metodología para verificarlo en cuatro pasos, antes de comparar tasas o firmar nada.

Paso 1: Consulta el registro en SIPRES

El primer filtro, y el que más rápido descarta un fraude, es el Sistema de Información Pública de Registro de Prestadores de Servicios (SIPRES), que administra la CONDUSEF. Ahí puedes buscar por razón social o nombre comercial y confirmar el domicilio, el teléfono y el sitio web registrados de cualquier institución financiera que opera en México, incluidas las SOFOM que ofrecen factoraje.

El uso práctico es simple pero decisivo: toma la razón social exacta que aparece en la propuesta o el contrato —no el nombre comercial ni el nombre de la app— y búscala en SIPRES. Si no aparece, o si el domicilio y el teléfono no coinciden con los que te dieron, tienes motivo suficiente para detener la conversación ahí mismo. Un factorante legítimo no tiene ningún problema en que hagas esta consulta mientras esperas su propuesta; de hecho, es una señal de seriedad que la mencionen ellos primero.

Paso 2: Entiende si es SOFOM ER o ENR, y qué significa cada una

La mayoría de las empresas de factoraje en México operan como Sociedad Financiera de Objeto Múltiple (SOFOM), una figura que la LGTOC y la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito reconocen para otorgar crédito, arrendamiento y factoraje sin captar depósitos del público. Dentro de esa figura existen dos variantes con niveles de supervisión distintos:

  • SOFOM ER (Entidad Regulada): forma parte de un grupo financiero o se fondea emitiendo deuda en el mercado de valores, y por eso queda bajo supervisión directa de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con reportes regulatorios e inspecciones periódicas. Puedes verificarla en el Padrón de Entidades Supervisadas de la CNBV.
  • SOFOM ENR (Entidad No Regulada): no capta depósitos del público ni se fondea en el mercado de valores, así que no tiene supervisión prudencial directa de la CNBV. Eso no la hace ilegal ni informal: sigue obligada a inscribirse en SIPRES y a cumplir las reglas de prevención de lavado de dinero, y de hecho la enorme mayoría de las SOFOM mexicanas —más de 2,000 registradas, según cifras de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de 2025— son ENR. Casi todas las fintechs de factoraje operan bajo esta figura.

En septiembre de 2025 la propia SHCP anunció ante el gremio (Asofom) su intención de eliminar la etiqueta “ENR” por la connotación negativa que generaba entre clientes y fondeadores extranjeros, sin cambiar las obligaciones de fondo. Al cierre de esta guía el cambio de nomenclatura sigue pendiente de instrumentarse, así que es normal seguir viendo “SOFOM, E.N.R.” en las razones sociales. El punto práctico para ti: que un proveedor sea ENR no es una alerta por sí sola —es la norma del sector—; la alerta real es que no aparezca registrado en ningún lado.

Paso 3: Si vas a firmar, confirma el contrato en el RECA

Una vez que la entidad existe en SIPRES, el segundo registro que importa es el Registro de Contratos de Adhesión (RECA) que también lleva la CONDUSEF: ahí deben inscribirse los modelos de contrato que usan las instituciones financieras para operar con el público. Antes de firmar, confirma que la razón social de tu contrato coincide con una entidad que tiene contratos registrados y, si tienes dudas puntuales sobre cláusulas —obligado solidario, pagaré en blanco, jurisdicción—, revisa la checklist completa en contrato de factoraje: 10 cláusulas que revisar antes de firmar, donde detallamos ese paso a fondo.

Señales de suplantación que la CONDUSEF alerta de forma recurrente

La CONDUSEF publica, con cierta frecuencia, alertas públicas sobre empresas falsas que usan el nombre, el logo y hasta el domicilio de instituciones financieras reales para engañar a quienes buscan crédito o factoraje; algunas de esas alertas han listado más de veinte nombres suplantados en un solo comunicado. El patrón se repite casi siempre igual:

  • Contacto por redes sociales, WhatsApp o anuncios clasificados, nunca por los canales oficiales de la entidad real.
  • Un “ejecutivo” que ofrece condiciones mejores que cualquier proveedor serio, sin pedir apenas documentación.
  • La exigencia de un pago por adelantado —“comisión de apertura”, “seguro de garantía”, “gestión ante el banco fondeador”— para “liberar” el anticipo de tus facturas. Este es el punto que nunca debe pasar: en factoraje legítimo, los costos se descuentan de la propia operación al momento de fondearte; nadie te pide transferir dinero antes de recibir el tuyo.
  • Una vez que la víctima paga, el contacto se vuelve inalcanzable o revela que “nunca trabajó” para la institución que decía representar.

Si algo de esto coincide con tu situación, detén cualquier transferencia y verifica primero en SIPRES; si la entidad real existe pero no reconoce a esa persona o sucursal, es exactamente el patrón que la CONDUSEF documenta.

Qué hacer si sospechas fraude o tienes una disputa

Si ya identificaste una posible suplantación, o si contrataste con una entidad registrada pero tienes una disputa —cobros no pactados, condiciones distintas a las firmadas—, el canal es el Portal de Queja Electrónica de la CONDUSEF. El trámite es gratuito, se hace en línea con tu CURP y datos de contacto, y adjuntas la documentación del caso; la CONDUSEF media y, si corresponde, concilia entre tú y la institución. Conforme al artículo 65 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, el plazo general para presentar la queja es de hasta dos años desde el hecho reclamado. Si el caso es una suplantación de identidad de una empresa que ni siquiera existe legalmente, además de la queja conviene levantar la denuncia penal correspondiente, porque ya no es un conflicto financiero sino un fraude.

Checklist de verificación antes de compartir información

  1. ¿La razón social exacta aparece registrada en SIPRES? ¿El domicilio y teléfono coinciden?
  2. ¿Sabes si opera como SOFOM ER o ENR, y entiendes que ninguna de las dos es, por sí misma, una señal de riesgo?
  3. ¿Te contactaron por un canal oficial (sitio web, oficinas, línea telefónica publicada) o solo por redes sociales o WhatsApp de un número personal?
  4. ¿Te piden algún pago, depósito o “comisión” antes de fondear tu factura? Si la respuesta es sí, detente ahí.
  5. Si vas a firmar, ¿el contrato está registrado en el RECA y coincide con la entidad verificada en SIPRES?

Esta verificación de identidad es el primer filtro; el siguiente es comparar condiciones comerciales entre proveedores que ya pasaron esta prueba, para lo cual puedes usar la checklist de cómo elegir proveedor de factoraje y la comparativa de proveedores del sitio. Si buscas una alternativa que puedas verificar sin fricción, Factoro publica su información de contacto y operación de forma abierta para que la contrastes contra estos mismos registros antes de cotizar.